¿Cuándo se produce una negligencia médica?

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¿Cuándo se produce una negligencia médica?
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Todo profesional sanitario debe ejercer su labor conforme a los estándares de práctica clínica establecidos. Los médicos siempre han estado bajo el escrutinio público por casos de negligencia médica, ya que en sus manos se encuentra la salud y la vida de cada uno de los pacientes que atienden. Por ello, deben actuar con la máxima diligencia, anteponiendo siempre la integridad de la persona bajo su cuidado. Incurrir en un caso de mala praxis puede acarrear graves consecuencias profesionales y legales.

Negligencia médica: un error que puede costar la vida de los pacientes

El deber fundamental de cualquier profesional de la salud es preservar la integridad de sus pacientes, ya sea dentro de un centro hospitalario o en cualquier otro ámbito asistencial. Sin embargo, a pesar de tratarse de una obligación ética y legal, no todos los médicos trabajan con la misma diligencia. Esto supone un incumplimiento tanto del compromiso adquirido con el juramento hipocrático como de las obligaciones inherentes a su labor sanitaria.

Negligencia médica

Cuando un profesional comete una actuación que pone en riesgo la salud del paciente, puede considerarse que ha incurrido en una negligencia médica. Ya sea un daño de tipo físico o moral, cualquier acción que atente contra la integridad de la persona es susceptible de ser sancionada. En estos casos, es fundamental recurrir a un abogado experto en negligencias médicas para que lleve el caso. Sin asesoramiento legal especializado, el responsable podría quedar impune.

Ningún profesional sanitario puede actuar fuera de los protocolos y códigos deontológicos establecidos en su práctica. De hacerlo, el afectado tiene pleno derecho a reclamar una indemnización. Aunque se espera que los profesionales cumplan con su deber, no siempre sucede así, y se presentan situaciones de este tipo con cierta frecuencia. En caso de fallecimiento del paciente, serán los familiares o representantes legales los encargados de emprender las acciones pertinentes.

No todo puede considerarse una falta del médico

La práctica médica conlleva inevitablemente casos con resultados adversos. Algunos pacientes no lograrán recuperarse, lo cual genera una comprensible indignación en los familiares. De forma similar, los resultados de un procedimiento médico no siempre son los esperados. Siempre existe un margen de riesgo inherente a cualquier intervención que puede complicar la situación. Por ello, es esencial saber identificar adecuadamente cuándo se está ante una verdadera negligencia médica.

Para determinar si el profesional ha cometido una falta, la jurisprudencia española establece tres elementos clave que deben concurrir:

  1. Existencia de una lesión o daño. Puede ser de tipo físico, cuando afecta a la salud de la persona tras un tratamiento o procedimiento médico. Se habla de daño estético cuando se ve afectada la apariencia del paciente. Por su parte, se considera daño moral cuando se produce una secuela psicológica o incluso un perjuicio económico.

  2. Mala praxis profesional. Se refiere a la actuación del médico fuera de los estándares de diligencia exigibles en su especialidad, lo que se conoce como lex artis. En otras palabras, el profesional no actuó conforme a lo que otro médico competente habría hecho en las mismas circunstancias.

  3. Nexo causal. Debe establecerse una relación directa entre la actuación negligente del profesional y el daño sufrido por el paciente. Solo cuando se demuestra este vínculo puede comprobarse que el médico actuó de forma negligente.

Médicos negligentes

Estos tres elementos permiten evidenciar que un paciente ha sido perjudicado y tiene derecho a ser indemnizado.

¿Cómo actuar ante una negligencia médica?

Si se produce una situación en la que se sospecha que ha existido negligencia médica, es importante actuar de forma organizada y con cautela. Lo primero es informarse sobre los pasos a seguir para encontrar una solución al problema. Para ello, resulta imprescindible acudir a profesionales del derecho sanitario, ya que se trata de casos complejos que requieren conocimientos especializados.

Tras elegir al letrado que llevará el caso, se debe recopilar y proporcionar toda la documentación necesaria para demostrar la falta médica: informes clínicos, consentimientos informados, pruebas diagnósticas y cualquier otro documento relevante. Además, será necesaria la intervención de un perito médico independiente para valorar si se cometió mala praxis. El centro sanitario está obligado a colaborar y facilitar toda la información solicitada, al igual que el profesional implicado.

El abogado puede actuar por tres vías según las circunstancias del caso:

  • Responsabilidad civil: se solicita una indemnización económica por los daños y perjuicios causados al paciente.
  • Responsabilidad patrimonial: aplicable cuando la negligencia se ha producido en un centro sanitario público, y se busca demostrar el funcionamiento anormal del servicio.
  • Responsabilidad penal: es la vía más severa y se reserva para los casos más graves. Cuando el fallo judicial es favorable al paciente, puede dictaminarse la inhabilitación del profesional, multas e incluso penas de prisión.

Abogados contra negligencia médica

La vía elegida dependerá de la valoración que haga el abogado tras estudiar el caso en profundidad. En cualquiera de los supuestos, el objetivo principal es proteger los derechos del paciente afectado y, al mismo tiempo, sentar un precedente que refuerce el cumplimiento de los estándares de calidad asistencial.

Referencias

  1. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Boletín Oficial del Estado, núm. 274. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-22188
  2. Código de Deontología Médica. Organización Médica Colegial de España (OMC), 2011. Disponible en: https://www.cgcom.es/codigo-de-deontologia-medica
  3. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Artículos 142, 146 y 152 sobre lesiones y homicidio por imprudencia profesional. Boletín Oficial del Estado. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444
  4. Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (marco general de responsabilidad civil). Boletín Oficial del Estado. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-18911
  5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Regulan la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. Disponible en: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565
Rafael Aragón

Escrito por

Rafael Aragón

Psicólogo clínico

Licenciado en Psicología, Máster en Psicología Clínica y de la Salud

Universidad de Valencia

Psicólogo clínico y psicoterapeuta. Licenciado en Psicología por la Universidad de Valencia y con máster en Psicología Clínica y de la Salud. Contribuye con artículos basados en la evidencia científica y su experiencia clínica.

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